CONVALIDACIONES
Información General Sobre Convalidaciones en Formación Profesional
Normativa de Referencia.
Normativa nacional.
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional (texto consolidado).
Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de
módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo
español y las medidas para su aplicación (texto consolidado).
Reales Decretos por los que se establece cada uno de los títulos (modificados BOE
28/05/2024):Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se
establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se
establecen títulos de Formación Profesional de grado medio y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los
Normativa autonómica.
Capítulo VI del Título II y Anexo VIII del Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de
Aragón por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y
del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 6/6/2024).
Órdenes por las que se regulan aspectos organizativos y se establecen los currículos de
los títulos de los Ciclos Formativos de FP en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el
caso de módulos profesionales propios (BOA 31/7/2024).Orden ECD/841/2024, de 25 de julio. Grado Básico
Orden ECD/842/2024, de 25 de julio. Grado Medio.
Orden ECD/843/2024, de 25 de julio. Grado Superior.
2.- Plazo de Solicitud
El plazo ordinario de presentación de las solicitudes de convalidación será hasta el último día hábil del mes de septiembre.
En cualquier otro caso, el plazo será de quince días desde la fecha de la matriculación.










